Ley12393·1957

FIJACION DE AUMENTOS DE RETRIBUCIONES PERSONALES PARA LOS FUNCIONARIOS MILITARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de febrero de 1957

Fecha de publicación

7 de octubre de 1957

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que los artículos 2° y 5° de la ley presupuestal N° 12.376, de 31 de enero de 1957, no son aplicables a los integrantes de las Fuerzas Armadas (Items 3.02, 3.16 y 3.17).

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 2 de julio de 1957Promulgación (12393)
  2. 10 de julio de 1957Publicación (12393)