Ley12437·1957

OTORGAMIENTO DE SUBVENCION A LA PRIMERA CONVENCION NACIONAL Y PRIMERAS JORNADAS INTERAMERICANAS DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/11/1957

Fecha de publicación

12 de noviembre de 1957

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de la suma de setenta mil pesos ($ 70.000.00) a fin de acordar a la Agrupación Universitaria del Uruguay una subvención destinada a atender los gastos que se le originen por la realización de la Primera Convención Nacional y Primeras Jornadas Interamericanas de Profesionales Universitarios.

Artículo 2Artículo 2

La erogación a que se refiere el artículo anterior se atenderá con cargo al importe del billete no cobrado favorecido con el primer premio en el sorteo de la Lotería Nacional de 13 de abril de 1957.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de noviembre de 1957Promulgación (12437)
  2. 11 de diciembre de 1957Publicación (12437)