Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Carmen Nair Páez de Lorenzo y Ferreira y a sus hijos María Nair, María Sara, Gustavo Alberto, Arturo Eduardo y Luis Ignacio Lorenzo Páez, una pensión graciable de cuatrocientos pesos ($ 400.00) mensuales, acumulables a la legal que pudiere corresponderles. Dicha pensión se servirá a sus hijas mientras permanezcan en estado civil solteras, y a sus hijos varones hasta el cumplimiento de la mayoría de edad y será atendida con cargo al mayor producido del impuesto Universitario.