Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a la señorita Carolina Detomasi, en su calidad de hermana del piloto aviador Ricardo Detomasi, una pensión graciable de $ 200.00 (doscientos pesos) mensuales, la que será atendida con Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a la señorita Carolina Detomasi, en su calidad de hermana del piloto aviador Ricardo Detomasi, una pensión graciable de $ 200.00 (doscientos pesos) mensuales, la que será atendida con Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.