Artículo 1 — Artículo 1
Declárase duelo nacional el día de hoy y el de mañana 4 de enero, hasta las 12 horas, y decrétanse los honores previstos en el artículo 570 del Código Militar a los restos del doctor Carlos Vaz Ferreira.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de abril de 1958
Fecha de publicación
2 de mayo de 1958
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase duelo nacional el día de hoy y el de mañana 4 de enero, hasta las 12 horas, y decrétanse los honores previstos en el artículo 570 del Código Militar a los restos del doctor Carlos Vaz Ferreira.
Artículo 2 — Artículo 2
Los restos del doctor Carlos Vaz Ferreira, serán inhumados en el Panteón Nacional.
Artículo 3 — Artículo 3
Los gastos del sepelio serán costeados por el Tesoro Nacional.
Artículo 4 — Artículo 4
Autorízase al Poder Ejecutivo a publicar, en edición especial, las obras y conferencias del doctor Carlos Vaz Ferreira.
Artículo 5 — Artículo 5
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.