Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de la suma de $ 16.000.00 (dieciseis mil pesos) como contribución del Estado para atender los gastos ocasionados por la concurrencia de Delegados del Instituto Uruguayo de Derecho Tributario, en las Segundas Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario a realizarse en Méjico en el mes de setiembre del corriente año. Esta erogación se atenderá con cargo al producido de las multas de Papel Sellado y Timbres, artículo 38 de la ley N° 7.649, de 23 de noviembre de 1923.