Ley12567·1958

PRESTAMOS A FUNCIONARIOS Y EXFUNCIONARIOS JUBILADOS DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDAS ECONOMICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/10/1958

Fecha de publicación

11 de marzo de 1958

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Extiéndese a los funcionarios y ex funcionarios jubilados del Instituto Nacional de Viviendas Económicas, las disposiciones de la ley N° 12.108, de 21 de mayo de 1954. Los préstamos, que no podrán exceder de setenta y cinco mil pesos cada uno, serán concedidos por el INVE, quien podrá invertir anualmente, a esos efectos, hasta un diez por ciento de sus recursos. La escrituración, proyecto y dirección de estas viviendas, a solicitud del beneficiario serán efectuadas por el INVE.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de octubre de 1958Promulgación (12567)
  2. 3 de noviembre de 1958Publicación (12567)