Artículo 1 — Artículo 1
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Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
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Artículo 2 — Artículo 2
Serán aplicables al cobro de salarios de trabajadores rurales, las disposiciones del artículo 4° de la ley N° 10.449, de 12 de noviembre de 1943, y la ley número 10.644, de 4 de setiembre de 1945. No rige para este caso la limitación del plazo que establece el artículo 2° de esta última ley.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.