Ley12627·1959

PRESTAMOS PARA TRABAJADORES JORNALEROS DE AMDET

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/09/1959

Fecha de publicación

30/09/1959

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Banco de la República para que conceda a los empleados y obreros mensuales y jornaleros de la Administración Municipal de Transportes (AMDET), préstamos bancarios sobre sus sueldos y salarios hasta el monto equivalente al importe actual de tres sueldos o setenta y cinco jornales.

Artículo 2Artículo 2

Los mencionados préstamos estarán sujetos a las exigencias impuestas por la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos para esta clase de operaciones.

Artículo 3Artículo 3

Lo establecido en el inciso 3° del artículo 1° de la ley N° 3.299, de 25 de junio de 1908, sobre cesiones de jornales, no regirá para las operaciones que efectúe la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 1°.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de setiembre de 1959Promulgación (12627)
  2. 30 de setiembre de 1959Publicación (12627)