Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Poder Ejecutivo a destinar el producido líquido de la venta en remate público de tres automóviles afectados al servicio del Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social; y de otros automóviles actualmente al servicio de sus dependencias, hasta la cantidad de $ 150.000.00 (ciento cincuenta mil pesos), a reparación y equipamiento del Establecimiento de Detención dependiente de la Dirección General de Institutos Penales.