Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Blanca Riolfi de Rebella en su carácter de viuda del Dr. Juan Antonio Rebella una pensión graciable que acumulada a la legal que le corresponde, totalice una asignación de un mil doscientos pesos. Dicha pasividad será atendida por la Caja Bancaria en la parte que legalmente le corresponda y la diferencia hasta alcanzar el monto precedentemente fijado, por Rentas Generales. El monto graciable que se acuerde será servido a la señora Blanca Riolfi de Rebella con expresa exclusión de sus hijos.