Ley12730·1960

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ESTHER CAUBARRERE DE MARTINEZ LAMAS E HIJOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de febrero de 1960

Fecha de publicación

14/06/1960

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase una pensión graciable a la señora María Esther Caubarrére de Martínez Lamas y a sus hijos María del Rosario y María Inés Martínez Caubarrére y al menor Julio Martínez Caubarrére hasta el cumplimiento de los diez y ocho años de edad, en su carácter de viuda e hijos del doctor Julio Martínez Lamas, por un monto mensual de cuatrocientos pesos ($ 400.00), como complemento de la legal que les corresponde; la que será atendida por Rentas Generales. Los beneficiarios de la presente pensión podrán acrecer en caso de fallecimiento.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 2 de junio de 1960Promulgación (12730)
  2. 14 de junio de 1960Publicación (12730)