Ley12769·1960

AUMENTO DE PENSION GRACIABLE. CARMEN PEREZ BARRADAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/08/1960

Fecha de publicación

19/09/1960

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase a $ 1.000.00 mensuales la pensión graciable acordada por ley N° 11.472, de 1° de agosto de 1950, a la señorita Carmen Pérez Barradas, incluyéndose en la misma y con derecho a percibir su 50 % al señor Antonio Pérez Barradas. La presente pensión será acumulable a los beneficios legales que pudieran corresponderles a ambos.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante se atenderá con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de agosto de 1960Promulgación (12769)
  2. 19 de setiembre de 1960Publicación (12769)