Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Angélica Capo de Díaz, en su calidad de viuda del ex-legislador don José Ramón Díaz, una pensión graciable de novecientos pesos ($ 900.00) mensuales, acumulable a la legal que pudiera corresponderle, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.