Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase, de acuerdo a lo estatuído en el inciso 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, la salida del país de una Delegación representativa de las Fuerzas Armadas, compuesta por 6 abanderados y 12 Escoltas de las Escuelas Militar, Naval y de Aeronáutica y un Jefe de Grupo, los que viajarán en un avión de transporte de nuestra Fuerza Aérea, a efectos de asistir en el próximo mes de setiembre a los actos conmemorativos de la Independencia Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.