Artículo 1 — Artículo 1
Auméntase hasta la suma de trescientos pesos ($ 300.00) mensuales, la pensión graciable acordada por la Ley Nº 11.438, de 31 de mayo de 1950, a la señora Florencia María Josefina García de Demaría, la que continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales.