Ley12827·1960

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUANA FERNANDEZ DE IBARBOUROU

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/1960

Fecha de publicación

1 de abril de 1961

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Concédese a la señora Juana Fernández de Ibarbourou una pensión graciable de $ 1.600.00 (un mil seiscientos pesos) mensuales, la que será acumulable a la pasividad legal que percibe y no trasmisible a sus causahabientes.

Artículo 2Artículo 2

La erogación que demande el servicio de la presente ley será atendida con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de diciembre de 1960Promulgación (12827)
  2. 4 de enero de 1961Publicación (12827)