Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 600.00 (seiscientos pesos) mensuales, a la señora Amanda Martínez Barceló de Pérez, en calidad de viuda de don Ernesto F. Pérez, acumulable a la legal que le corresponda.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 600.00 (seiscientos pesos) mensuales, a la señora Amanda Martínez Barceló de Pérez, en calidad de viuda de don Ernesto F. Pérez, acumulable a la legal que le corresponda.
Artículo 2 — Artículo 2
Esta pensión estará a cargo de Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.