Ley12902·1961

FUERZAS ARMADAS. PARTICIPACION DE FESTEJOS EN LA REPUBLICA ARGENTINA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de junio de 1961

Fecha de publicación

17/07/1961

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase la salida del país de una Delegación de las Fuerzas Armadas constituida por las Banderas y Escoltas respectivas de las Escuelas Militar, Naval y Aeronáutica, como asimismo por las Banderas y Escoltas del Batallón de Infantería 1 (Florida) y Regimiento de Caballería 1 (Blandengues de Artigas) bajo el mando de un Capitán del Ejército, con la finalidad de participar en los festejos a realizarse en la República Argentina el 9 de julio próximo.

Artículo 2Artículo 2

Las mencionadas Fuerzas deberán encontrarse de regreso al país una vez cumplida su misión.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de julio de 1961Promulgación (12902)
  2. 17 de julio de 1961Publicación (12902)