Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Banco de la República para que conceda a los empleados y obreros mensuales y jornaleros de la Cooperativa Nacional de Productores de Leche (Conaprole), préstamos bancarios sobre sus sueldos y salarios, hasta el monto equivalente al importe actual de tres sueldos o setenta y cinco jornales.