Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Adelina Bertolla de Maggiolo, viuda del Ingeniero don Carlos María Maggiolo, una pensión graciable de $ 500.00 (quinientos pesos) mensuales, acumulable a la legal que pudiere corresponderle, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.