Artículo 1 — Artículo 1
El Ministerio de Hacienda pondrá a la orden de la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica y dentro de los diez días contados a partir de la promulgación de la presente ley, hasta la cantidad de $ 520.000.00 (quinientos veinte mil pesos), que se tomarán de Rentas Generales.