Ley12940·1961

AUMENTO DE PENSION GRACIABLE. ESPERANZA VILLAGRAN DE CIGANDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/11/1961

Fecha de publicación

30/11/1961

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase hasta la suma de $ 600.00 (seiscientos pesos mensuales), la pensión graciable que actualmente disfruta por la ley N° 3.781, de 22 de junio de 1911, la señora Esperanza Villagrán de Ciganda, la que continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 14 de noviembre de 1961Promulgación (12940)
  2. 30 de noviembre de 1961Publicación (12940)