Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Aída Casas de Ruiz Larramendy y a la señorita Ilse Teresa Ruiz Casas, una pensión graciable de $ 300.00 (trescientos pesos) mensuales, acumulable a la legal que les pudiera corresponder, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.