Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 400.00 (cuatrocientos pesos) mensuales, a la señora Obdulia Pérez, como hija de don Ernesto F. Pérez, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 400.00 (cuatrocientos pesos) mensuales, a la señora Obdulia Pérez, como hija de don Ernesto F. Pérez, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, ect.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.