Ley13015·1961

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. AMELIA MUÑOZ DE MUÑOZ. CELIKA OLGA MUÑOZ DE FALCON

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28/11/1961

Fecha de publicación

27/12/1961

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase una pensión graciable de pesos 1.000.00 (un mil pesos) mensuales, acumulable a la pasividad legal que percibe, a la señora Amelia Muñoz de Muñoz, en su carácter de viuda del ex-Senador don Basilio Muñoz, la que será atendida por Rentas Generales. Declárase asimismo que dicha pensión es trasmisible a su hija Célika Olga Muñoz de Falcón, en el equivalente a la tercera parte de su monto.

Artículo 2Artículo 2

Derógase la ley N.o 11.151, de 24 de noviembre de 1948, por la que se otorgó pensión graciable a la señora Amelia Muñoz de Muñoz.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 28 de noviembre de 1961Promulgación (13015)
  2. 27 de diciembre de 1961Publicación (13015)