Ley13034·1961

ARRENDAMIENTOS. SUSPENSION DE DESALOJOS Y LANZAMIENTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/12/1961

Fecha de publicación

29/12/1961

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse suspendidos de oficio desde la promulgación de la presente ley hasta el 30 de abril de 1962, los desalojos y lanzamientos iniciados contra arrendatarios o subarrendatarios buenos pagadores, de fincas cualquiera fuere su destino, con excepción de los comprendidos en las causales de los artículos 7.o, de la ley número 11.921, de 24 de marzo de 1953 y 15 de la ley N.o 12.492, de enero 9 de 1958.

Artículo 2Artículo 2

Esta ley es de orden público.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de diciembre de 1961Promulgación (13034)
  2. 29 de diciembre de 1961Publicación (13034)