Ley13062·1962

SUSPENSION DE DESALOJOS Y LANZAMIENTOS A OCUPANTES BUENOS PAGADORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/05/1962

Fecha de publicación

18/06/1962

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Suspéndense hasta el 30 de abril de 1963, los desalojos y lanzamientos decretados o que se decretaren contra los ocupantes a cualquier título, buenos pagadores, de los siguientes inmuebles: A) el ubicado en la 7.a sección judicial del Departamento de Soriano, empadronado con el N.o 819, con una superficie de 2.736 hectáreas; B) el ubicado en la 4.a sección judicial del Departamento de Soriano, empadronado con el N.o 1.541, compuesto de 1.086 hectáreas; C) el ubicado en la 12a sección judicial del Departamento de Colonia, empadronado con el N.o 4.708, con una superficie de 2.666 hectáreas.

Artículo 2Artículo 2

Esta ley será obligatoria a partir del día de su promulgación.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de mayo de 1962Promulgación (13062)
  2. 18 de junio de 1962Publicación (13062)