Ley13157·1963

INDEMNIZACION A PRODUCTORES RURALES PERJUDICADOS POR VENDAVALES Y GRANIZO.CANELONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/08/1963

Fecha de publicación

9 de setiembre de 1963

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse comprendidos en los beneficios de la ley sancionada por la Cámara de Representantes el 14 de agosto de 1963, a los productores radicados en la 1ª Sección del Departamento de Canelones, cuyas plantaciones fueron dañadas por la granizada ocurrida el día 4 de noviembre de 1962 y cuya avaluación fue realizada por los Servicios Agronómicos de Canelones y elevada a la Dirección de Agronomía con fecha 3 de diciembre de 1962.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de agosto de 1963Promulgación (13157)
  2. 9 de setiembre de 1963Publicación (13157)