Artículo 1 — Artículo 1
Auméntase hasta la cantidad de $ 700.00 (setecientos pesos) mensuales, el monto de la pensión graciable otorgada a doña Tacia Ramona Salari por la ley N° 4.859, de 18 de junio de 1914, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.