Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Beatriz Buela de Soto Larrauri, viuda del doctor Ricardo Soto Larrauri, una pensión graciable de $ 1.000.00 (un mil pesos) mensuales, acumulable a la legal que le pudiere corresponder, la que será atendida con cargo a Rentas Generales.