Ley13208·1963

ARRENDAMIENTOS. SUSPENSION DE DESALOJOS Y LANZAMIENTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/12/1963

Fecha de publicación

26/12/1963

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 31 de enero de 1964 los efectos de la ley de suspensión de desalojos promulgada por el Poder Ejecutivo el 26 de setiembre de 1963. Esta ley tendrá vigencia desde la fecha del "Cúmplase".

Artículo 2Artículo 2

Los inquilinos que hayan hecho uso de la facultad que les acuerda el artículo 33, de la ley N° 8.153 de 16 de diciembre de 1927, tendrán derecho a los beneficios de esta ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de diciembre de 1963Promulgación (13208)
  2. 26 de diciembre de 1963Publicación (13208)