Ley13237·1964

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ERNESTINA MUÑOZ ORIBE. CORA MUÑOZ ORIBE. MARIA VIRGINIA MUÑOZ ORIBE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/01/1964

Fecha de publicación

28/01/1964

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase en la suma de $ 800.00 (ochocientos pesos) mensuales a cada una, las pensiones graciables que disfrutan por las leyes Nº 10.686, de 18 de diciembre de 1945, y Nº 11.098, de 17 de agosto de 1948, modificadas por la ley Nº 12.892, de 29 de junio de 1961, las señoritas Ernestina, Cora y María Virginia Muñoz Oribe.

Artículo 2Artículo 2

El servicio de estas pasividades continuará siendo atendido con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de enero de 1964Promulgación (13237)
  2. 28 de enero de 1964Publicación (13237)