Ley13239·1964

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. PABLO MAÑE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/01/1964

Fecha de publicación

28/01/1964

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a la suma de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por la ley Nº 12.729, de 2 de junio de 1960, al escultor, don Pablo Mañé, trasmisible a su señora esposa.

Artículo 2Artículo 2

El servicio de esta pensión continuará siendo de cargo de Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de enero de 1964Promulgación (13239)
  2. 28 de enero de 1964Publicación (13239)