Artículo 1 — Artículo 1
Declárase de utilidad pública la expropiación: A) Del predio donde estuvo emplazada la casa en que nació el General don José Artigas, sita en la calle Colón N° 1509 y Cerrito N° 299; B) De la casa donde vivió el General don Manuel Oribe, ubicada en la calle 25 de Mayo N° 641-45-47.