Ley13266·1964

DECLARACION FERIADO DEPARTAMENTAL. VILLA DE TRANQUERAS. RIVERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de julio de 1964

Fecha de publicación

21/07/1964

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse feriados para la Villa de Tranqueras, 3a. Sección Judicial del Departamento de Rivera, los días 20, 21 y 22 de julio de 1964.

Artículo 2Artículo 2

Los Poderes del Estado y Organismos Públicos concederán licencia en los días mencionadas en el artículo anterior, a los funcionarios que hayan nacido en dicha Sección, si así lo solicitaron, debiendo justificar su viaje a Tranqueras.

Artículo 3Artículo 3

El Poder Ejecutivo contribuirá con la cantidad de $ 100.000.00 (cien mil pesos), para solventar en parte los gastos que demanden los festejos, imputándolos a Rentas Generales. Dicha suma será entregada a la Comisión Pro Festejos del Cincuentenario de Tranqueras, la que administrará el destino a darse a la misma.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 7 de julio de 1964Promulgación (13266)
  2. 21 de julio de 1964Publicación (13266)