Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase al Ingeniero don Napoleón Pereira Machado, una pensión graciable de $ 1.000.00 (mil pesos) mensuales, acumulable a la pasividad legal que pudiera corresponderle y trasmisible en un 50% (cincuenta por ciento), a su cónyuge, doña Dolores S. Fonseca.