Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdese una pensión graciable de $ 600.00 (seiscientos pesos) mensuales a cada una, a las señoritas María Pascuala y María Josefa Carvalho Alvarez, en su calidad de hijas del Dr. Antonio Carvalho Lerena, acumulable a los haberes de pasividad que pudieran corresponderles.