Ley13307·1964

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. LAURA VEIGA DE RIVAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de octubre de 1964

Fecha de publicación

21/12/1964

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señora Laura Veiga de Rivas una Pensión graciable de $ 800.00 (ochocientos pesos) mensuales, acumulable a la pasividad legal que le corresponda.

Artículo 2Artículo 2

Esta pasividad será atendida por Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de diciembre de 1964Promulgación (13307)
  2. 21 de diciembre de 1964Publicación (13307)