Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora Mercedes Ventura de Gutiérrez Díaz, en calidad de viuda del ex Legislador don Virgilio Gutiérrez Díaz, una pensión graciable de $ 1.200.00 (un mil doscientos pesos) mensuales, la que será acumulable a la pasividad que actualmente percibe.