Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Blanca Samonatti de Parodi" una escuela del departamento de Montevideo.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Blanca Samonatti de Parodi" una escuela del departamento de Montevideo.
Artículo 2 — Artículo 2
El Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal señalará el Centro Docente que llevará el nombre de la ilustre maestra desaparecida.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.