Ley13416·1965

BENEFICIO DEL SERVICIO DE GARANTIA DE ALQUILERES. TRABAJADORES DEL FRIGORIFICO NACIONAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/11/1965

Fecha de publicación

14/01/1966

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que los funcionarios y jornaleros dependientes del Frigorífico Nacional, que reúnan las condiciones exigidas por la ley N° 10.765, de 26 de agosto de 1946, para el personal eventual de la Administración Pública y Entes Autónomos y Descentralizados, están comprendidos en los beneficios del "Servicio de Garantía de Alquileres" a que se refiere la ley Nº 9.624, de 15 de diciembre de 1936.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de noviembre de 1965Promulgación (13416)
  2. 14 de enero de 1966Publicación (13416)