Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a don Anaurelino Dalmao, en su calidad de descendiente en línea directa en cuarto grado (tataranieto del General José Artigas, una pensión graciable de $ 1.200.00 (un mil doscientos pesos) mensuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a don Anaurelino Dalmao, en su calidad de descendiente en línea directa en cuarto grado (tataranieto del General José Artigas, una pensión graciable de $ 1.200.00 (un mil doscientos pesos) mensuales.
Artículo 2 — Artículo 2
El servicio de esta pasividad será atendido por Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.