Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a las señoritas Delia y Esther Julia López Lomba Andre, una pensión graciable de pesos 1.500.00 (un mil quinientos pesos) mensuales, acumulable a la pasividad que les pudiera corresponder.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a las señoritas Delia y Esther Julia López Lomba Andre, una pensión graciable de pesos 1.500.00 (un mil quinientos pesos) mensuales, acumulable a la pasividad que les pudiera corresponder.
Artículo 2 — Artículo 2
El servicio de esta pasividad será atendido por Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.