Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora María Adela Silveira de Damiani como viuda de don Víctor Damiani una pensión graciable de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, acumulable a las pasividades que le pudiera corresponder.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la señora María Adela Silveira de Damiani como viuda de don Víctor Damiani una pensión graciable de $ 2.000.00 (dos mil pesos) mensuales, acumulable a las pasividades que le pudiera corresponder.
Artículo 2 — Artículo 2
El servicio de esta pasividad será servido por Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.