Ley13442·1965

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. GREGORIA JOVELINA PEREYRA DE RODRIGUEZ. DEIDAMIA PEREYRA DE VIERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de febrero de 1965

Fecha de publicación

28/12/1965

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase a la suma de $ 1.000.00 (un mil pesos) mensuales, cada una, las pensiones graciables acordadas por ley N° 13.019, de 28 de noviembre de 1961, a las señoras Gregoria Jovelina Pereyra de Rodríguez y Deidamia Pereyra de Viera.

Artículo 2Artículo 2

Estas pasividades serán acumulables a las que pudieran corresponderles y continuarán siendo atendidas con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 2 de diciembre de 1965Promulgación (13442)
  2. 28 de diciembre de 1965Publicación (13442)