Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay, a adelantar hasta la suma de $ 5:000.000.00 (cinco millones de pesos) a la Asociación Uruguaya de Football, para atender exclusivamente los gastos que demande la participación del Uruguay en el VIII Campeonato Mundial de Fútbol a realizarse en Inglaterra en el año 1966. A los efectos de cancelar dicho adelanto, el Ministerio de Hacienda, depositará en el Banco de la República, hasta cubrir la suma antes expresada, los ingresos que perciba por concepto del impuesto creado por el artículo siguiente.