Ley13519·1966

SEGURIDAD SOCIAL. REGIMEN JUBILATORIO ESPECIAL A TRABAJADORES DE SALAS DE CALDERAS Y MAQUINAS DEL FRIGORIFICO NACIONAL, CAPATACES DE AFE Y TRABAJADORES DE HIDROGRAFIA Y VIALIDAD DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/1966

Fecha de publicación

31/10/1966

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse comprendidos en los beneficios de la ley N.o 12.133, de 27 de agosto de 1954, a los trabajadores de las Salas de Calderas y Máquinas del Frigorífico Nacional, a los operarios y capataces de Talleres Diesel de Maniobras, y de Señales de las Secciones Pinturerías y personal de cuadrillas de la Administración de Ferrocarriles del Estado.

Artículo 2Artículo 2

Inclúyense en los beneficios que se acuerdan en el artículo anterior, a los trabajadores de las Secciones de Soldadura y Fundición de la Dirección de Hidrografía y de las Secciones Diesel, Pintura y Baterías de los Talleres de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de octubre de 1966Promulgación (13519)
  2. 31 de octubre de 1966Publicación (13519)