Ley13526·1966

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/1966

Fecha de publicación

11 de enero de 1966

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Declárase de utilidad pública la expropiación de la planta baja y primer piso del imnueble ubicado en Montevideo, 4.a, Sección Judicial, calle Río Branco 1390/4 empadronado con el N.o 5378 y con un área de 226 metros cuadrados, que hasta el 1.o de marzo de 1933 sirviera de casa-habitación al Doctor Baltasar Brum.

Artículo 2Artículo 2

El Estado instalará en el inmueble expropiado una Biblioteca que contendrá exclusivamente obras históricas de autores nacionales o que versen sobre hombres o hechos de la historia nacional. La Biblioteca se denominará "Dr. Baltasar Brum" y en el frente del edificio se colocará una placa recordatoria con la siguiente inscripción: "En esta casa habitó Baltasar Brum, mártir de la democracia nacional.

Artículo 3Artículo 3

La suma que por concepto de compensación deba abonarse a los propietarios del inmueble cuya expropiación se declara de utilidad pública, será imputada a las disponibilidades resultantes de la aplicación del artículo 174 de la ley N.o 13.420, de 2 de diciembre de 1965.

Artículo 4Artículo 4

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de octubre de 1966Promulgación (13526)
  2. 1 de noviembre de 1966Publicación (13526)