Ley13527·1966

OTORGAMIENTO DE ESCRITURAS DE COMPRA VENTA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/1966

Fecha de publicación

11 de enero de 1966

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

En los casos que legalmente corresponda otorgar escrituras de compra-venta en virtud de lo establecido por la ley N° 8.733, de 30 de junio de 1931 y sus modificativas, si la firma o institución promitente vendedora estuviere judicialmente intervenida, el Juez que entienda en el asunto, podrá delegar la representación de las mismas, a los efectos de dicho otorgamiento.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de octubre de 1966Promulgación (13527)
  2. 1 de noviembre de 1966Publicación (13527)